Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto”.
Ese mandato está contenido en el artículo 208 de la Constitución
dominicana, que establece que “es un derecho y un deber de ciudadanas y
ciudadanos el ejercicio del sufragio para elegir a las autoridades de
gobierno y para participar en referendos”.
La Carta Magna señala, además, que “el voto es personal, libre, directo y secreto”.
En ese texto constitucional se apoyan el presidente del Tribunal
Constitucional, Milton Ray Guevara, y los presidentes de las fundaciones
Justicia y Transparencia (FJT), Trajano Vidal Potentini; y Prensa y
Derecho, Namphy Rodríguez para expresar su desacuerdo con la propuesta
del Partido Revolucionario Moderno (PRM) de que se establezca la
obligatoriedad del voto en la ley electoral, como parte de las reformas
que se discuten en el Congreso.
Al ser cuestionado sobre esa propuesta, el presidente del Tribunal
Constitucional expresó que el voto es un derecho y que a nadie se le
puede obligar a ejercerlo.
“Los derechos no son obligatorios”, precisó Ray Guevara. Advirtió que a
nadie se le puede obligar a ejercer un derecho, porque a partir de ese
momento deja de serlo y se convierte en algo obligatorio. Dijo que los
derechos se ejercen o no.
De su lado, los abogados constitucionalistas Trajano Potentini y Namphy
Rodríguez coincidieron en afirmar que establecer el sufragio obligatorio
sería inconstitucional. Al mismo tiempo, expresaron su rechazo a una
posible reforma de la Carta Magna para constreñir a que los ciudadanos,
mediante imposición constitucional, acudan a las urnas el día de las
elecciones.
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